Los discursos parlamentarios de Práxedes Mateo-Sagasta

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886
Legislatura: 1879-1880 (Cortes de 1879 a 1881)
Sesión: 5 de marzo de 1880
Cámara: Congreso de los Diputados
Discurso / Réplica: Discurso
Número y páginas del Diario de Sesiones: 118, 2224-2227
Tema: Presentación de los proyectos de reforma de Cuba

El Sr. PRESIDENTE: El Sr. Sagasta tiene la palabra para alusiones personales.

El Sr. SAGASTA: Señores Diputados, el Congreso habrá advertido, y quizá haya extrañado, mi resistencia a tomar parte en este ya largísimo debate; pero la continuación de mi silencio ante la insistencia con que un día y otro día he sido aludido pueden tomarse como descortesía, y yo no puedo ser descortés hacia compañeros a quienes estimo, como hacia ningún Sr. Diputado, sin faltar a los deberes más elementales de la reciprocidad, porque a todos, amigos y adversarios, a todos soy deudor constantemente de consideraciones y de cariño.

Mi resistencia a entrar en este debate ¿estaba fundada en que yo no tenga nada que decir sobre las cuestiones de Ultramar? ¡Ah! Desgraciadamente tengo mucho que decir sobre ellas; pero aunque nada hubiera tenido que decir, materia más que sobrada ha producido esta discusión para examinar largamente tan importantes cuestiones: no lo creo, sin embargo, oportuno en este momento y a propósito de un debate que por el pronto no ha de dar ningún resultado práctico. Mi resistencia a tratar de este asunto estaba fundada en que, relativamente a los puntos concretos que han sido objeto de las alusiones que se me han dirigido, en realidad de verdad yo nada tengo de particular que decir que no hayan dicho más elocuentemente que pudiera hacerlo yo aquellos de mis amigos que han terciado en esta discusión.

En efecto, dos son los puntos sobre los cuales se me ha aludido reiteradamente. Primer punto: la última crisis. Segundo punto: las reformas de Ultramar. Pues bien, Sres. Diputados, sobre la última crisis ¿qué he de decir yo de particular que no se haya dicho aquí hasta la saciedad? En ella no tomé más que una parte secundaria, una parte indirecta, la que pudo concederme el Sr. Posada Herrera cuando encargado por S. M. el Rey de la formación del Ministerio tuvo a bien venir a ofrecer al partido constitucional una participación en el Gabinete que intentó formar.

Y cuenta, Sres. Diputados, que si el partido constitucional no tuvo en la última crisis otra participación, fue porque no podía tenerla, dado el criterio con que el Monarca se proponía resolverla en bien de España y en bien especialmente de Cuba; por manera que mientras aquel ilustre repúblico no explique, si así lo tiene a bien, la participación que en la crisis le cupo, yo no debo decir, por consideraciones fáciles de apreciar, la que me alcanzó, que no fue más ni menos que una consecuencia de aquella.

En cuanto a los asuntos de Ultramar, mis queridos amigos los Sres. León y Castillo, Navarro y Rodrigo y Balaguer demostraron bien elocuentemente, no sólo la conveniencia, sino la urgencia de las reformas de Cuba; y cuando de las reformas de Cuba se ocuparon, no se limitaron a las económicas, sino que extendieron sus observaciones a las políticas y a todas las que son necesarias para completar la nueva organización que es indispensable dar a nuestra gran Antilla. Así, pues, en este sentido yo pudiera decir que contestadas estaban de antemano las reiteradas preguntas del Sr. Labra, y satisfechos estaban también de antemano los justos deseos del Sr. Santos Guzmán. ¿Qué es por tanto lo que de mí se pretende? ¿Qué se pretende también de mi digno amigo el Sr. Romero Ortiz, que, como yo, ha sido reiteradamente aludido, y con el que estoy completamente de acuerdo en esta como en todas las cuestiones? No va él a contestar a las alusiones que se le han dirigido, porque yo voy a tener la honra de hacerlo. ¿Se pretende que repitamos lo que han dicho los amigos míos que han terciado en este debate? Pues he de decirlo en las menos palabras que me sea posible.

Hay que dar, Sres. Diputados, a las circunstancias lo que a las circunstancias corresponde. Las circunstancias demandan indudablemente la urgencia de las reformas de Ultramar.

Con el asentimiento del Ministerio presidido por el Sr. Cánovas del Castillo se comenzó el período constituyente en la gran Antilla; de la paz nace su representación en Cortes, principio de la normalidad en su nuevo régimen político, económico y administrativo. Abiertas, primero, las puertas del Parlamento a los Diputados cubanos; transformada después la organización social de Cuba, ha variado por completo la manera de ser de aquel país: querer paralizar las reformas, así económicas como políticas y administrativas, equivaldría a pretender detener el impetuoso torrente que ha salvado ya los primeros diques.

El problema, pues, está planteado en estos términos y con estos datos; términos y datos que el partido constitucional no discute, no tiene para qué discutir, sería inútil que discutiera; pero términos y datos de los cuales ni es ni quiere ser responsable.

Pero planteado el problema en estos términos y con estos datos, no hay más remedio que resolverlo; y el partido constitucional pretende resolverlo con el espíritu de nacionalidad basado en el criterio del patriotismo, deseoso de armonizar los intereses de esta tierra querida con los intereses de aquella no menos querida tierra, pero más necesitada de nuestros solícitos ciudadanos, por lo mismo que se encuentra más apartada, y que es hoy víctima de una guerra desoladora.

Inspirado en esta idea e impulsado por este criterio, el partido constitucional cree que el problema no tiene más que una solución: la de plantear con urgencia todas las reformas en las provincias de Ultramar.

Pero si el partido constitucional quiere que se planteen todas las reformas económicas, políticas y administrativas, en nuestras provincias de Ultramar, el partido constitucional no quiere las reformas económicas, políticas ni administrativas, ni ninguna clase de reformas con el espíritu que anima, ni con la tendencia que se desprende de las palabras del Sr. Labra, espíritu y [2224] tendencia que ha revelado claramente en el discurso con que apoyó la proposición todavía hoy objeto del debate; discurso brillante, y lo que es peor hasta para S. S., más que brillante perjudicial para la realización de esas mismas reformas que con tanta elocuencia demandaba su señoría. (Muy bien.) Sí, más peligroso que brillante, y más que brillante perjudicial para la realización de esas reformas, por el recelo que llevó a los ánimos de todos los buenos españoles, por las desconfianzas que siembra en la opinión, que rechaza todo cuanto directa o indirectamente tienda no sólo a disminuir, sino a no aumentar más y más los lazos de la Patria.

Pero el partido constitucional no ha de caer en el error que por huir de una exageración vaya a parar a otra.

El partido constitucional no acepta la exageración peligrosa del Sr. Labra para venir a parar a otra exageración más peligrosa todavía, como lo sería el cerrar la puerta a las reformas políticas, económicas y administrativas que demandan los leales españoles de Cuba, la prosperidad de la isla y los intereses de la Nación española. Quiere el partido constitucional las reformas, y las quiere con urgencia.

Y en este punto va más allá que el Sr. Labra, porque quiere también las reformas administrativas, sin las cuales las económicas y las políticas serían completamente estériles: que no hay política buena, ni hay hacienda buena, sin una buena administración. (Bien.)

¿En qué extensión, Sres. Diputados, quiere el partido constitucional las reformas de Ultramar? ¿En qué espíritu se va a inspirar el partido constitucional para las reformas de Ultramar? ¡Ah, Sres. Diputados! Eso es difícil que un partido en la oposición lo determine, ni a un partido en la oposición se le debe exigir, porque punto es este que, afectando grandes y múltiples intereses, abrazando muchas y muy difíciles cuestiones, los hombres amantes de su país y los partidos de gobierno no pueden resolver sin una gran meditación en vista de noticias, de datos, de antecedentes y conocimientos que puede poseer únicamente el Gobierno, pero que no le es dado alcanzar a las oposiciones.

Lo único que en este instante puede decir el partido constitucional es que presentaría todas las reformas inspiradas en un espíritu liberal, tan liberal como lo permitiera la integridad de la Nación española. Si al partido constitucional se le hubiera ofrecido íntegra la cuestión de Cuba, el partido constitucional, a la par que hubiera presentado la trasformación social de Cuba, hubiera presentado las reformas económicas, políticas y administrativas; de manera que marchando paralelamente entre sí, y paralelamente con la reforma social, hubiera ido poco a poco produciendo la ansiada asimilación de aquella tierra con la Península, para que pasado algún tiempo, y no mucho, dirigidas así las cuestiones del trabajo y de la producción de aquella isla con el trabajo y la producción de la Península, se hubiera verificado la evolución completa social, económica y política hasta venir a la completa asimilación, con gran ventaja de los intereses de Cuba y sin detrimento alguno para los intereses de la Patria.

¿Y qué se ha conseguido, señores; qué se ha conseguido con esa resistencia que el Gobierno opone a las reformas de Cuba? Porque en último resultado yo he de decir que el Gobierno hace algo, toda vez que ha presentado como escondida en el presupuesto una reforma económica, y pretende haber ya indicado algo de la reforma política con ciertas declaraciones de que luego me ocuparé. Pero la verdad es que lo ha hecho tan a la fuerza, de tan mala gana, empleando un leguaje tan desabrido, tan violento, y demostrando tanta desconfianza y tan poca fe, que ha envenenado aquello mismo que ofrece; de tal manera, que va a costar trabajo y repugnancia a los cubanos aceptar lo que quizá hubieran aceptado con gusto dado por otras manos y de otra manera. Pero aun así y todo, ¿qué ha conseguido el Gobierno, qué va a conseguir con presentarnos estas reformas aisladamente, sin ningún enlace entre sí? Pues no va a conseguir nada, como no sea algo que puede ser contraproducente. ¿Qué resultados, en efecto, han de producir las mismas reformas que presenta el Gobierno encomendando su realización a la Administración de Cuba; a la Administración de Cuba, cuyas faltas y cuyos errores sin ejemplo se nos han denunciado por el Gobierno estos días? ¿Qué resultado ha de dar reforma alguna con una Administración como la de Cuba que no administra; con una Administración que no tiene contabilidad; con una Administración que no sabe lo que se gasta; con una Administración que no sabe lo que se debe; con una Administración, en fin, que no sabe más que consumir un grandísimo presupuesto de gastos, ascendente a la enorme cantidad de 800 millones de reales, que es la tercera parte del presupuesto de la Península?

Es decir, Sres. Diputados, que gobernar en Cuba a 1.200.000 habitantes cuesta la tercera parte de lo que cuesta gobernar en la Península a 16 millones de habitantes. Vuestros comitentes, Sres. Diputados cubanos, vosotros mismos debéis ser muy ingobernables cuando tan caro cuesta el gobernaros. (Risas.) Pero no; no es que los españoles de Cuba sean menos gobernables que los españoles de la Península: es que allá no se ha procedido con la previsión y con la prudencia que hubiera sido necesaria para no llegar al estado en que aquella isla se encuentra y a la situación angustiosa que atraviesa en este momento. Hace veinte años se gobernaba y administraba aquella isla con un presupuesto de 218 millones de reales; a los diez años de esto ya se necesitaban para administrarla y gobernarla 502 millones, y hoy se necesitan más de 800. Espanta, Sres. Diputados, espanta el aumento progresivo que ha tenido ese presupuesto; ¿y para qué en último resultado? Para producir una administración que nos está dando los frutos que todos sabemos.

Y hablo en esto a todos, porque no considero esta tarde Diputados de la mayoría ni de la minoría: no hablo en esta tarde más que a los Diputados de la Nación española, puesto que se trata de una cuestión que interesa a toda la Nación. Y que la administración de Cuba es más defectuosa que la de la Península, es cuanto puede decirse, porque desgraciadamente para nosotros no podemos aceptar la administración de la Metrópoli como modelo de buena administración. ¡Qué tal será, pues, la administración de Cuba! Por ahí se ha de empezar la reforma; es necesario que prescindamos en aquel país de prodigalidades; es preciso que concluyan aquellas avalanchas de empleados que iban a llenar aquellas altas dependencias y aquellas corporaciones, aquellos grandes centros que allí se habían establecido a semejanza de los centros y de las dependencias de un país que necesita un extenso Gobierno; [2225] porque lo que se ha hecho en Cuba ha sido poco a poco, a fuerza de abusos, parodiar la administración de un Estado europeo de segundo orden.

Es preciso que nos dejemos de prodigalidades; es preciso que desaparezca esa administración complicada, complicadísima, más que complicada onerosa, más que complicada y onerosa inútil, y que la sustituyamos con una administración sencilla, modesta, económica, en armonía con los movimientos que allí, como en todas partes, tiene la propiedad, que se preste al movimiento que allí necesita tener la tributación, cosa que no puede hacerse con una administración pesada; y si hicieseis esto podríais gobernar, no con los 218 millones de años atrás, pero sí con 500 o 600 millones, y entonces resultaría ociosa la discusión que hemos presenciado con dolor en el corazón, porque hemos visto de una parte decir que era imposible aumentar el presupuesto de ingresos en la isla de Cuba porque la tributación era insoportable, porque no puede imponerse a un país más cargas que las que puede conllevar, y hemos visto sostener por otra parte que eso podía ser cierto, pero que no se podía rebajar el impuesto porque resultaría indotado el presupuesto, porque resultaría un déficit que vendría a pesar sobre las Cajas del Tesoro de la Península. ¡Bueno está el Tesoro de la Península para saldar el déficit de la isla de Cuba! Y en este dilema terrible no se ocurriría a los contendientes que había otro medio de salvar el conflicto, y ese medio era examinar, escudriñar ese presupuesto de gastos imposible y absurdo; y examinando y castigando ese presupuesto de gastos, reformando la administración de aquel país, pueden aliviarse las cargas públicas de la isla de modo que sea dable reducir el presupuesto de ingresos a los límites que exija un concienzudo presupuesto de gastos.

Decía el Sr. Albacete: es inútil que el presupuesto se calcule en 800 millones porque Cuba no los puede pagar; pero si hace una administración sencilla, barata, honrada, no sólo podrá pagar esos 800 millones, sino que podrá pagar más; tal como está hoy aquella administración, tal como hoy se recaudan los tributos, es imposible que pague eso, y lo han demostrado los años anteriores. ¡Reformas económicas, y quered dejar los vicios, los errores, los abusos que existen en aquella administración! ¿Qué habéis de reformar sobre el error? Sobre el error no se consigue nada, no se consigue tratando de edificar sobre él, sino afianzarle, afirmarle y perpetuarle. Quiere el partido constitucional las reformas económicas y administrativas, y las quiere inmediatamente; pero lo que digo de las reformas económicas respecto a la administración, digo respecto de las reformas políticas que el Gobierno cree que ha empezado a establecer.

Yo hubiera preferido que el Gobierno no hubiese empezado a establecer nada; todo lo que el Gobierno ha hecho en la cuestión política se reduce a decir que está vigente la Constitución de 1876 en Cuba.

No voy a entrar en una discusión técnica sobre esa materia, acerca de lo cual tengo muy poca competencia; pero aunque la tuviera, no lo haría después del brillante discurso del distinguido jurisconsulto señor Alonso Martínez, que ha quedado incontestado. La razón que ha dado el Sr. Ministro de Gracia y Justicia de que no se necesitaba otro requisito para que la Constitución de 1876 rija en Cuba es una razón contraproducente que no significa nada. ¿Es que por el hecho de estar promulgada la Constitución de 1876 en la Gaceta de Madrid rige en toda España? Pues entonces, ¿cómo no rige en Filipinas, cómo no rige en Fernando Poo, cómo no rige en la Marianas, cómo no rige en todos los dominios españoles?

Pero además, Sres. Diputados, si todos los Gobiernos han creído hasta ahora que para que una ley rija en Cuba se necesita una promulgación especial en la Gaceta de aquel país, ¿qué privilegio tiene la Constitución de 1876 para que se la dispense del requisito que han necesitado todas las leyes, aun las más graves, incluso la proclamación de D. Alfonso XII como Rey de España? ¿Cómo hasta ahora no se ha ocurrido que pueda prescindirse de la promulgación de las leyes en la Gaceta oficial de la Habana para que allí rijan? Pero sea de ello lo que quiera, es el resultado que si el Gobierno, dentro del cual hay individuos de gran competencia en este punto, cree que la Constitución del 76 rige en Cuba, hay otras competencias no menos autorizadas fuera del Gobierno que creen lo contrario, y desde este momento hay dudas; y si esas dudas llegan a la isla de Cuba, y si allí hay distintos pareceres respecto a si rige o no rige la Constitución; si esa divergencia de pareceres llega a las autoridades y a los tribunales encargados del cumplimiento y aplicación de las leyes, ¡qué conflicto, qué caos, qué confusión! Valiera más que el Gobierno no hubiera dicho nada; afortunadamente no habrá ningún tribunal que considere vigente la Constitución de 1876 en Cuba.

Pero como yo discuto de buena fe; como no es mi ánimo combatir hoy al Gobierno, porque quiero tener esta deferencia con los Diputados de Cuba que desean como decía el Sr. Santos Guzmán, que no hagamos de estas cuestiones de Cuba cuestión de partido, supongo resuelta la cuestión.

El Gobierno cree que rige en Cuba la Constitución de 1876. Pues si el Gobierno quiere que rija la Constitución de 1876, está en el deber de tomar todas las medidas necesarias para evitar dudas respecto a si rige o no rige; y la medida que hay que tomar es sencilla, es clara, es obvia: la medida que yo espero que tomará es acordar que sea inmediatamente promulgada la Constitución de 1876 en la Gaceta especial de la isla. Si no se hace así, es porque no se quiere que allí rija la Constitución, es porque se quiere que allí siga el caos, la confusión, la perturbación, y con esos elementos no se gobierna ningún país, siquiera esté muy normalizado, y mucho menos podrá gobernarse la isla de Cuba, que hoy desgraciadamente no tiene nada de normal en su situación. Creo, pues, resuelta la cuestión adoptando el Gobierno una medida tan fácil como la publicación de la Constitución de 1876 en la Gaceta especial de la isla para evitar las dudas que se suscitan respecto a si rige o no rige allí la Constitución.

Y cuenta, Sres. Diputados, que yo no pido al Gobierno que ponga en vigor en Cuba la Constitución de 1876. ¿Es que el Gobierno por los datos que tiene, por los antecedentes que posee, por el conocimiento y la experiencia que ha adquirido respecto de aquel país durante el tiempo que ha sido Gobierno, entiende que la Constitución de 1876 puede regir sin inconveniente ninguno lo mismo en Cuba que en la Península? ¿Cree que hace bien en disponer que rija en Cuba la Constitución de 1876? Pues que la aplique y la promulgue. ¿Es que no cree eso? ¿Es que cree que la Constitución de 1876 es demasiado expansiva para Cuba? Pues modifíquela; pero haga esa modificación por medio de las Cámaras. Lo que el partido consti- [2226] tucional quiere es que haya en Cuba una Constitución para que sepan a qué atenerse las autoridades y los ciudadanos; para que sepan los gobernantes y los gobernados cuáles son sus deberes y sus derechos. ¿Es que cree que a la Constitución de 1876 le falta algo para que sea buena en la isla de Cuba? Pues modifíquela de la manera que crea conveniente para el bienestar de aquella provincia. Lo esencial es que haya una Constitución, una ley a que atenerse. De otra manera, en ese estado de confusión, sin leyes a que atenerse, allí no regirá más que la arbitrariedad.

¡Ah, señores! Si la arbitrariedad pudiera contarse entre los medios o sistemas de gobierno, si pudiera regir para la dirección de un pueblo, yo digo, yo creo, yo aseguro que la arbitrariedad sería el más débil y el más impotente de todos los sistemas de gobierno. Precisamente por eso, y porque yo deseo para las autoridades de Cuba un gran prestigio, es por lo que yo deseo que tengan una ley a qué atenerse, es por lo que yo deseo que tengan en su apoyo el escudo de la ley. ¿Cuál ha de ser ésta? No lo puede decir ahora el partido constitucional, no lo puede determinar desde luego, porque no tiene datos bastantes, como puede y debe tenerlos el Gobierno.

Pero es que con esto no habríamos hecho bastante. El partido constitucional quiere, no sólo que haya en Cuba una Constitución y que respecto a ella no quepa a nadie la menor duda, sino que quiere además:

1º Una ley, dentro de la Constitución que rija, determinando las facultades de la autoridad superior de Cuba, como representante del Gobierno de la Metrópoli.

2º Una ley, dentro de esa misma Constitución, que regule el ejercicio de los derechos y garantías que corresponden a los ciudadanos españoles en Cuba.

3º Una ley de suspensión de estos derechos y de estas garantías cuando las circunstancias lo hagan necesario, y que determine también las garantías que en tales casos hayan de quedar a los ciudadanos a pesar del ejercicio de las facultades extraordinarias que han de tener las autoridades, con la amplitud que se quiera y que se conceptúe necesaria, dada la distancia que nos separa de aquella isla.

4º Una ley definitiva que regule la vida municipal y provincial de aquella isla y de la de Puerto Rico. Porque entiéndase que aquí venimos hablando siempre de Cuba, sin acordarnos de Puerto Rico, y yo he caído también en este olvido por la fuerza de la costumbre; entiéndase bien que lo dicho respecto a Cuba se refiere igualmente a Puerto Rico.

Y ahora recuerdo otra reflexión para demostrar que no rige en Cuba la Constitución de 1876. A nadie le ha ocurrido que allí rija esta Constitución, como no le ha ocurrido a nadie tampoco que rija en Puerto Rico. Lo único vigente en Puerto Rico es el título 1º de la Constitución de 1869, que se refiere a los derechos individuales, el cual se llevó allí por medio de una ley especial. Allí rigen esos derechos consignados en el título 1º de la Constitución de 1869; y mientras otra ley especial no venga a derogar aquella, resultará de una manera evidente que en Puerto Rico, lejos de regir la Constitución de 1876, no rige más que el título 1º de la de 1869.

5º Que todas aquellas leyes que rigen en la Península y que pueden regir sin peligro alguno para el orden público en la isla de Cuba sean allí llevadas tal como en la Península se practican.

6º y último. Que todas estas leyes especiales se hagan en Cortes, porque así lo dice la Constitución del Estado en su art. 89.

A la segunda parte de este artículo, que es la secundaria, daba mucha importancia el Sr. Presidente del Consejo de Ministros, olvidando la primera parte, que es la sustancial, la preceptiva. Dice ese artículo que las provincias de Ultramar se regirán por leyes especiales. Esta es la parte esencial. Las leyes especiales no las hace nadie más que las Cortes con el Rey; pero como no había cuando se hizo la Constitución ninguna ley especial para Cuba, y como no era cosa de esperar a que vinieran los Diputados y Senadores de Cuba y de Puerto Rico para hacer esas leyes especiales, añade el artículo: "El Gobierno podrá llevar a Cuba aquellas leyes que rigen en la Península con las modificaciones que crea convenientes, dando cuenta a las Cortes. "

Es claro, es evidente que esta segunda parte no es más que para satisfacer la necesidad de la urgencia y mientras se hacen las leyes especiales. Por las Cortes han de hacerse esas leyes, y ya debiéramos tener aquí el cuerpo de leyes especiales que deben regir en Cuba y Puerto Rico después de tener hecha la Constitución.

Y si no es eso, si fuera lo que el Sr. Presidente del Consejo de Ministros nos decía, ¿qué harían aquí los Diputados de Puerto Rico y de Cuba? ¿Cómo es posible que hayan venido para poder tratar de las leyes que han de regir en las provincias de la Península, y no de las leyes que han de regir en las provincias que directa e inmediatamente representan? Eso es tan absurdo, que yo, Diputado cubano, no aceptaría jamás semejante representación.

Esto es, pues, lo que quiere el partido constitucional, y lo que el partido constitucional hubiera propuesto y hubiera planteado si hubiera sido poder. ¿Le satisface al Sr. Labra esto como contestación a su pregunta? (El Sr. Labra: Por completo.) ¿Quedan también satisfechos los deseos del Sr. Santos Guzmán en la representación del otro grupo de los Diputados cubanos? ¿Quedan satisfechos de la franqueza, de la sinceridad del partido constitucional los Diputados cubanos? (Varios Sres. Diputados cubanos hacen signos afirmativos.) Pues si lo quedan, yo concluyo, porque ésta era mi única misión: fijar clara y completamente la actitud del partido constitucional en las cuestiones de Ultramar, como en todas las cuestiones de la Península, tiene su bandera conocida: con ella marcha de frente y con la sinceridad que habéis visto.

Pero antes de sentarme voy a hacer una súplica al Sr. Labra. Yo ruego a S. S. que retire esa proposición, con cuyo sentido literal estamos conformes los Diputados cubanos; el grupo centralista, como manifestó anteayer por boca de su digno jefe el Sr. Alonso Martínez; el partido constitucional, como acabáis de oírlo, y yo creo que todas las demás oposiciones; pero retirándola nos evita que el preámbulo que constituye lo dicho por S. S. en su brillantísimo discurso, sea perjudicial para esta misma cuestión. Retírela, pues; evitemos esa repugnancia en gracia de la franqueza y de la sinceridad con que le he contestado, en gracia de la franqueza y de la sinceridad con que le voy a decir que el partido constitucional, entre las exageraciones graves y peligrosas del Sr. Labra y las exageraciones graves y peligrosas también del Gobierno, se coloca con su bandera al servicio de la justicia y de las conveniencias de la Patria. (Muy bien.) [2227]



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